Corresponde a la Dirección de Fronteras y Límites del Estado autorizar la internación de mapas, cartas geográficas y de las obras referentes o relacionadas con los límites internacionales y fronteras del territorio nacional. Asimismo le corresponde autorizar la edición y circulación, dentro de Chile, de tales instrumentos previa su revisión.
Si en cualquier clase de impresos o documentos se incluyeren mapas o cartas geográficas que afecten al territorio nacional, la revisión se limitará solo a estos mapas cartas y a los textos que se relacionen con ellos. El concepto de publicación u obra comprende entre otros: mapas, diccionarios, enciclopedias, globos terráqueos, textos y folletos editados en medios convencionales, ópticos o magnéticos.
Para cumplir con las citadas disposiciones legales, toda publicación de esta naturaleza, cualquiera sea su origen, edición y formato, deberá seguir uno de los siguientes procedimientos: